Feriado del 19 de junio: qué se celebra y quiénes deben ir a centros educativos el viernes

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Esta fecha se paga dependiendo de la condición laboral del trabajador. El empleado mensual cobra el mismo sueldo de siempre.

Este 19 de junio se conmemora el Natalicio de José Artigas, una fecha patria que constituye un feriado laborable.

“Al restablecerse la condición de feriado para el día 19 de junio el Poder Ejecutivo y los organismos rectores de la enseñanza pública dispondrán la realización de actos destinados no solo a la evocación del héroe General Don José Artigas, sino a destacar la trascendencia de sus ideales hasta su inserción en el mundo de hoy”, dice el artículo 2 de la Ley 17.414 de Declaración de feriados nacionales.

En efecto, ese día se lleva adelante en centros educativos la promesa de la bandera por parte de los alumnos de primer año escolar. En tanto, los liceales realizan ese día la jura de la bandera.

De tal forma, únicamente deben concurrir quienes deban cumplir con dicho acto patrio. El resto, por tratarse de un viernes, gozará de un fin de semana largo.

La normativa también indica que el 19 de junio es uno de los feriados que no se corre. “Los feriados de Carnaval y Semana de Turismo y los correspondientes al 1º y 6 de enero, 1º de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de noviembre y 25 de diciembre, se continuarán observando en el día de la semana en que ocurrieren, cualquiera fuere el mismo”, dice la ley 16.805.

Finalmente, el 19 de junio se paga dependiendo de la condición laboral del trabajador. “Cuando en estos días se detiene la actividad, el trabajador que gana salario por día no cobra su jornal. Mientras que el mensual cobra el mismo sueldo de siempre. Si se trabaja, el jornalero cobrará por ese día, pero al mensual no se le paga más de la cantidad fija”, indica el Pit-Cnt en su página web

Causa Abierta.